San Martin

PROCESAN Y EMBARGAN A HOMBRE POR GRAFFITEAR EL PORTÓN DE UN TRIBUNAL

La Cámara Federal de San Martín confirmó el procesamiento y embargo de un hombre que realizó pintadas con aerosol blanco en el portón de una sala de audiencias de un tribunal oral. El acusado deberá enfrentar un juicio por el delito de daño agravado que tiene una pena máxima de 4 años de prisión.

El hecho ocurrió el 20 de diciembre de 2018, cerca de las 17 horas, cuando Juan Pablo Szypkowski dañó el portón metálico de la sala de juicios del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de San Martín, en la calle Pueyrredón 3728 de la misma localidad, al efectuar una pintada con un aerosol de color blanco.

El acusado fue visto cuando manchaba el portón, por un agente de la Policía Federal Argentina, quien se encontraba afectado a colaborar con la Delegación San Martín de dicha fuerza para ofrecer seguridad en una audiencia que se llevaría a cabo en la sala de juicios del Tribunal.

El uniformado dio la voz de alto y el hombre se dio a la fuga. A las pocas cuadras fue detenido y en presencia de testigos se procedió al secuestro de un esmalte sintético color blanco con inscripción “Kuwait”, de 155/240 gramos, que tenía en su poder, según publicó el sitio justiciadeprimera.com.

La Cámara sostuvo que “la alteración configura el delito de daño, a partir de la variación de su color mediante la pintada en cuestión…en la medida en que se trata de un bien jurídico -propiedad-cuya lesión admite graduación”.

“El bien afectado es uno de aquellos que, siendo del Estado Nacional, está destinado al uso y goce del público en general; categoría basada en el destino de la cosa, es decir, su afectación a funciones de interés comunitario. Por ello, se estima que la aplicación de la figura agravada en la decisión apelada resulta adecuada al caso y, por tanto, será homologada”, dice el fallo.

Los jueces Alberto Lugones, Juan Pablo Salas y Marcos Morán descartaron el argumento de la defensa del imputado que dijo que desconocía que el edificio pertenecía al Estado Nacional, frente a la alegada ausencia de carteles identificatorios.

“Con independencia de la existencia o no de cartelería específica, no puede desconocerse la presencia de personal policial uniformado en la puerta del edificio, cumpliendo funciones de custodia, lo que indicaba el ineludible carácter público del mismo”, explicaron los magistrados en el fallo.

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